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El impacto  de los gobiernos del MAS en la construcción del Estado Boliviano – Manuel Suárez Ávila

El impacto de los gobiernos del MAS en la construcción del Estado Boliviano – Manuel Suárez Ávila

Trabajaré con la idea de Estado moderno. Para ello, con Weber, defino el Estado como el monopolio del uso de la violencia legítima, monopolio continuo que se ejerce —en cuanto tipo de dominación— mediante el mando efectivo de la ley.

De este modo, el concepto de Estado con el que trabajaré se refiere a un tipo específico de orden social. Es decir, se refiere a un tipo determinado de dominación en la historia; ese tipo en el cual la violencia que los gobernados dan por válida es una violencia que ha resultado monopolizada en las manos de la ley.

Un Estado de este modo ejerce la dominación legal y monopólica. Esta particularidad —el monopolio de la violencia traducido en mando de la ley— distingue tajantemente al Estado, o por lo menos al Estado moderno, de cualquier otro tipo de orden en la historia de la especie.

Le distingue, por ejemplo, de la tribu, de la familia, de la iglesia o del imperio; sociedades o tipos de orden donde la violencia legítima no ha llegado a ser monopolizada ni expresada en ley objetiva, sino que se encuentra dispersa o dispuesta en diversas manos particulares y subjetivas.

Es el Estado en el que el mando es único. En cualquier otro orden, el mando es difuso y plural.

Con el concepto de “monopolio de la fuerza” ya tenemos —entonces— un primer parámetro a la hora de verificar si una sociedad es, o no es, un Estado en sentido sociológico.

La pregunta que tenemos que hacernos es la siguiente: ¿en esta sociedad se ha producido el monopolio de la fuerza?

Si la respuesta es afirmativa, estamos —muy probablemente— ante el Estado. Si la respuesta, por el contrario, es negativa, entonces estamos, con mucha probabilidad, ante otro tipo de orden: uno distinto al Estado.

Pero, además de preguntarnos por el monopolio de la violencia —como aquel componente esencial del Estado—, hay un segundo parámetro metodológico en el que debemos detenernos con cuidado a la hora de verificar si estamos ante la presencia del Estado.

Este parámetro es el cómo de esa dominación. En efecto, una vez establecido que estamos ante una sociedad donde se ha producido el monopolio de la fuerza, debemos preguntarnos cómo se ejerce esa fuerza monopolizada.

Es decir, ¿qué tipo de dominación genera ese monopolio de la fuerza?

Ese monopolio, ¿se ejerce mediante la ley objetiva? ¿O, por el contrario, se ejerce mediante las decisiones subjetivas de quien ha logrado producir el monopolio?

Si la respuesta es que ese monopolio —en cuanto tipo específico de dominación— se ejerce y se materializa mediante el mandato de la ley objetiva, entonces estamos ante un orden estatal. Estamos ante el Estado.

Sin embargo, si ese monopolio se ejerce y se materializa desde las decisiones del caudillo, del jefe, del brujo, del sacerdote, del patriarca, del sindicato, del partido, del oligarca, de la casta o de cualquier otro poder subjetivo, entonces —muy probablemente— no estamos ante la presencia del Estado, sino que estamos ante un orden de legitimidad privada.

Estamos, pues, ante un orden donde lo privado se confunde con lo público. Es decir, un orden basado en el peso del sujeto particular que toma la decisión y no ante un orden basado en el peso de la ley objetiva y estatal.

*Publicado en el mes de septiembre del año 2024

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