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Academia por la libertad 2018
Derechos humanos: ¿La re reelección es un derecho Humano?

Derechos humanos: ¿La re reelección es un derecho Humano?

Por: Mayra Peñafiel

 

En América se tiene un sistema presidencialista, donde el presidente es jefe de Estado, es jefe de Gobierno y es jefe del partido político, es por eso que hay una razón histórica de limitar el tiempo del ejercicio de la presidencia evitando la reelección indefinida, como un mecanismo de resguardar la democracia, pues la democracia se diferencia de la monarquía porque el presidente no viene de sucesión hereditaria sino de elecciones y no tiene un mandato vitalicio como el rey, entonces es válido que el Estado ponga un límite al tiempo de ejercicio del mandato. El 21 de febrero de 2016, se llevó a cabo el referéndum por la reforma al artículo 168 de la Constitución Política del Estado, el objetivo era la aprobación o rechazo del proyecto constitucional para permitir al presidente o vicepresidente del Estado a postularse nuevamente a una elección donde el “No” se impuso con algo más del 51% de los votos, mientras el “Sí” obtuvo algo menos del 49% de votos restantes, rechazándose el proyecto constitucional.

El Tribunal Constitucional en fecha 28 de noviembre de 2017, emitió un fallo dando vía libre a una nueva candidatura del presidente Evo Morales Ayma. Este fallo considera que “el derecho humano” a postularse a un cargo libremente, está por encima de las limitantes de la CPE. Tomando en cuenta que La Constitución permite solo dos mandatos consecutivos y el presidente ya lleva tres, gracias a un fallo que señaló que Bolivia fue refundada con la nueva Carta Magna que el mismo mandatario puso en vigencia en 2009. Con este fallo ilegal se quebrantó el mecanismo legal del referéndum al cual los bolivianos acudimos y emitimos nuestro voto el 21F. De llegar Evo Morales a conseguir su cuarto mandato (2019-2025), la característica democrática de la alternancia no se estaría practicando, alejando la idea de un país democrático. Dado que esta característica evita las dictaduras en un país y lo diferencia de la monarquía.

Según Karl Popper, “la característica principal de la democracia, es permitir remover pacíficamente a sus gobernantes cuando terminen su mandato constitucional, lo que da lugar a la alternancia en el poder y permite que se desarrollen las otras características de la democracia como, prohibición del mandato imperativo, transparencia en el ejercicio del poder, descentralización, pluralismo, tolerancia, debate público y, sobre todo a respetar la voluntad del pueblo”.

La Organización de Estados Americanos (OEA), consideró que la reelección presidencial no es un derecho humano, indicando lo siguiente: “En consecuencia, nadie puede argumentar tener derecho a postularse a una reelección después de un mandato si la Constitución establece lo contrario”. Según la Constitución Política del Estado en su Artículo 169 “El periodo de mandato de la Presidenta o del Presidente y de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos de manera continua por una sola vez.” Entonces esto deja evidencia de que el gobierno actual no está solamente vulnerando el derecho de la alternancia a los bolivianos y bolivianas que aspiran a gobernar el país, sino que ante todo está incumpliendo lo establecido en la Constitución Política del Estado que es la norma jurídica suprema. El voto popular es el instrumento del pueblo en ejercicio de su soberanía y la alternancia en el poder su condición democrática. Si el voto es un derecho que nos otorga poder de decisión de cómo y por quién debemos ser gobernados, quitarle poder a ese derecho es ejercer un mandato imperativo e inconstitucional. La cualidad fundamental de la alternancia política no es solo la reforma de un ser por otro proyectos o ideologías, sino una variación en la distribución del poder acompañado de una incorporación de controles institucionales a la discreción gubernamental. El propósito ha de ser producir incentivos para hacer políticas públicas más eficientes y ecuánimes, impulsar a los políticos a complacer de manera más efectiva los intereses de sus representantes y contribuir a reducir la incertidumbre de cualquier proceso electoral. No obstante, la democracia no resuelve los problemas sino que, mediante las elecciones como parte integrante de este sistema político, se elige a quienes los deben resolver. Es necesario que analizar la coyuntura actual, si las decisiones que toman nuestros gobernantes y el poder público cumplen con las características de la democracia, realizando política y distinguiéndola de la política partidaria. Todos los ciudadanos debemos velar por el respeto a nuestras decisiones por el bien común y ser entes fiscalizadores de las decisiones y acciones que realice el gobierno, siempre bajo los principios de la democracia. La democracia solo puede florecer dentro de un Estado de derecho y la alternancia defiende la igualdad de oportunidades.

Los derechos humanos son cualidades que tienen por titular a los seres humanos y no así a las personas jurídicas, en toda sociedad tenemos 2 tipos de personas, las personas naturales o físicas y personas jurídicas que no tienen una existencia física sino una existencia legal, entonces el Estado no tiene derechos sino las personas que lo conformamos.

En conclusión, este es sólo una evidencia más de las actuaciones dictatoriales del Gobierno de turno. La soberanía popular, el proceso electoral libre y pluralista o la división de poderes no nos hacen un país democrático, sino el respeto de cada uno mismo en el ejercicio. No se puede restar el derecho del pueblo en beneficio de sólo una persona, es por eso que la sociedad en pro a la democracia, está llamada a defender lo que está establecido en la Carta Magna del Estado y no conformarse con una “democracia a medias” donde se cumplan algunas características de la democracia que al Gobierno le convenga, sino se debe luchar por que se cumplan todas en beneficio de todos con un ordenamiento jurídico que limite el poder del Gobierno y se respete la decisión del pueblo.

 

*La opinión del autor  es personal y no constituye una posición oficial de la Fundación Nueva Democracia.

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